TRÁMITES Y DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA SOLICITAR LA EJECUCIÓN DE UNA OBRA O REFORMA:
Para hacer cualquier obra o reforma de inmueble, ya sea de carácter menor o mayor, será necesario pedir licencia al Ayuntamiento del Municipio.
Para ello, deberá rellenar una solicitud cuyo modelo puede descargar en formato Word a la derecha del escritorio de esta página Web, o bien solicitarlo en la Secretaría del Ayuntamiento.
Deberá cumplimentarla rellenando todos los datos, con letras mayúsculas, con clara descripción de la obra a realizar, reseñando su dirección para notificaciones, y teléfono de contacto.
La solicitud, por duplicado, será entregada en la Secretaría del Ayuntamiento; donde le entregarán la copia de la solicitud, debidamente sellada y con fecha de registro.
Documentos que deberá acompañar:
a) Plano de situación del lugar a realizar la obra o el inmueble a reformar. Puede adquirirlo en la página Web del Catastro virtual (http://www.sedecatastro.gob.es/) apartado “Acceso libre”: Consulta de cartografía, datos catastrales y búsqueda de referencia catastral; o bien solicitarlo en la Secretaría del Ayuntamiento.
b) - En el caso en que las obras vayan a ser realizadas por una empresa, presupuesto o factura proforma realizada por la misma.
- En el caso en que las obras las realice el peticionario, deberá acompañar presupuestos o facturas de los materiales necesarios para la obra, aquellos expedidos/as por Comercios donde se adquieran.
c) El Ayuntamiento podrá requerirle, en su caso, que aporte fotografía del lugar de la obra antes de su inicio.
Consejo:
- Si tiene dudas, antes de realizar una obra o encargar un proyecto, solicite asesoramiento de los Servicios Técnicos Municipales.
- Para obras mayores, solicite una cédula urbanística al Ayuntamiento. Con esta podrá determinar especificaciones legales, limitaciones y volumen de obra a ejecutar.
Advertencias:
1) Nunca deberá iniciar una obra sin solicitud.
2) Nunca deberá iniciar una obra hasta que no le sea notificada. la concesión, mediante la correspondiente licencia municipal.
3) La solicitud de "obra mayor" deberá ir acompañada de proyecto suscrito por Técnicos competentes y visado por el Colegio respectivo.
4) Antes del inicio de obra, deberá haber ingresado las tasas e impuestos legales, en la Cuenta Corriente designada por la Secretaría del Ayuntamiento.
5) El peticionario deberá ceñirse a la licencia concedida y a las especificaciones técnicas marcadas por los Servicios Técnicos Municipales.
6) Estos se reservan el derecho a inspeccionar la obra que se esté ejecutando.
7) Si lo consideraran necesario, al finalizar la obra, podrán reclamarle la factura final y documentación necesaria que justifique cualquier exceso de obra y materiales.
8) El Ayuntamiento, en calidad de Policía Urbanística, aplicando las normas y leyes que en derecho le asisten, incoará el correspondiente expediente de denuncia a aquella obra que se encuentre sin licencia, exceda lo autorizado o quebrante la legalidad vigente; con la consiguiente sanción, pudiendo ordenar o ejecutar la demolición de la misma; y, en su caso, puesta en conocimiento de la autoridad competente.
